En cada proyecto en el que he estado involucrado, ha sido una verdadera batalla lograr que aquellos involucrados, ya sean colegas, subalternos, jefes, promotores o clientes, que no están familiarizados con los criterios de accesibilidad, los tomen realmente en serio.

Lamentablemente, estamos tan acostumbrados a soluciones deficientes, ineficientes o incluso inexistentes, que las soluciones bien implementadas nos parecen exageradas.

Por esta razón, he pensado en recopilar ejemplos de uso de medios y elementos de diseño accesibles que puedan facilitar este proceso, con el fin de prepararme mejor para futuras discusiones al respecto.

Dado que no estoy completamente familiarizado con cada uno de estos casos, estoy totalmente abierto a comentarios o correcciones sobre lo que he compartido.

Uso de rampas por personas en silla de ruedas

En este video podemos ver como es que una persona en silla de ruedas hace uso de una rampa. Como se puede ver, si la pendiente es adecuada y la persona no requiere apoyo de otra persona para movilizarse, puede desplazarse de subida y bajada de forma autónoma.

En una de estas reuniones de proyectos que les comentaba, hubo alguna oportunidad en la que una colega especuló que la rampa tenía que tener un ancho específico al alcance de ambas manos para que la persona en silla de ruedas pudiese impulsarse a través de la rampa, cosa que no se condice con la realidad y limita innecesariamente otras condicionantes de diseño, como el poder tener una rampa lo suficientemente ancha (1.50 m) para que pase una persona en silla de ruedas de forma simultánea a que pase una persona caminando, o que pueda existir un descanso de ancho similar al de la rampa que permita el giro de la persona en silla de ruedas, para que no tenga que recorrer la totalidad de la rampa para regresar al punto de inicio si es que lo necesitara.

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Transferencia de silla de ruedas a inodoro

En este video se puede apreciar la razón de ser de las barras de apoyo abatibles, y de las facilidades de espacio que se le debe dar a los usuarios. Debemos ser conscientes de las diversas capacidades y/o necesidades que pueden tener cada uno de los usuarios en silla de ruedas. Debe tenerse en cuenta que las medidas que se dan son referenciales y que las exigencias normativas pueden cambiar de país a país, debiendo enfocarnos más que nada en como se hace uso de los accesorios y el porqué de las facilidades de espacio requerido.

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Profundidad de los patrones de alerta de los pisos podotáctiles

No he podido encontrar información multimedia que pueda apoyar este punto, pero es tan frecuente que los proyectistas o promotores quieran reducir al mínimo las intervenciones de accesibilidad, que considero necesario trasladar el extracto de la norma ISO 23599 que aborda el porqué de la profundidad requerida para los patrones de advertencia:

"5.5.3 Principios para la instalación de los patrones de advertencia

La profundidad y ancho efectivos de los patrones de advertencia deben ser de al menos de 560 mm

NOTA 1 Una excepción a esto son los andenes, donde las reglamentaciones nacionales, normas y directrices que se rigen por la legislación nacional tienen prioridad.

Cuando se utiliza un patrón de advertencia para indicar un peligro, éste debe tener una profundidad mínima efectiva de 560 mm. Por razones de seguridad puede ser necesaria una mayor profundidad, sobre todo cuando el patrón de advertencia indica un peligro en la dirección del itinerario.

Cuando se utiliza un patrón de advertencia para indicar un peligro, éste se debe extender en todo el ancho del peligro, de cada dirección por donde éste puede ser abordado, y se debería ubicar de nuevo a una distancia mínima de 300 mm del peligro.

Si no existe un retroceso, se debería utilizar una mayor profundidad del patrón de advertencia para ofrecer una mayor seguridad de detección y una mayor distancia de detención.

NOTA 2 El grado de peligro puede variar según la situación y el país."

A fin de evitar dudas al respecto, también es relevante definir a que se hace referencia con el término "peligro".

"3 Términos y definiciones
A los efectos de este documento, aplican los siguientes términos y definiciones.

(...)

3.9 
peligro 
cualquier área o elemento en, o adyacente a, un itinerario, que potencialmente coloca a las personas en riesgo de lesión."

De lo expuesto, queda claro que los patrones de advertencia deben ser como mínimo 560 mm, con el fin de "ofrecer una mayor seguridad de detección y una mayor distancia de detención" y que cualquier intención de ahorro de materiales, reduciendo esta profundidad (y por ende el número de baldosas necesarias) juega en contra de la seguridad de las personas.

Para dar mayor claridad sobre el tema, adjunto algunos ejemplos gráficos que establece la norma.