Mediante Resolución Ministerial 270-2020-VIVIENDA se aprobaron los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para las localidades de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, la Sierra y la Selva, vigentes para el ejercicio Fiscal 2021.

Mediante Resolución Ministerial 351-2019-VIVIENDA se aprobaron los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para las localidades de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la Costa, la Sierra y la Selva, vigentes para el ejercicio Fiscal 2020.

Algunas acotaciones importantes respecto a estos valores:

  • El CVU para la costa se actualiza de forma mensual.
  • El CVU para la sierra y selva se actualiza de forma anual, estando estos contenidos en la Resolución Ministerial donde se aprueba el CVU del año en curso.
  • El total del costo de obra que se obtiene usando estos valores es referencial y solo se usa para el cálculo del valor de una edificación para trámites municipales y registrales.
  • El valor obtenido se encuentra bastante por debajo del costo real de la obra.
  • En caso de edificaciones que tengan zonas con diversas características, es recomendable diferenciar el metrado de dichas zonas para aplicar el valor que corresponde de forma adecuada.
  • A partir del 5to piso se recarga el 5% a los valores especificados en cada partida.
  • En el trámite de licencia de edificación, para el caso de demolición también se usan los valores consignados en el CVU, pero se aplica ciertos porcentajes de depreciación, los cuales están contenidos en el Anexo I del Reglamento Nacional de Tasaciones (página 66).
  • En los tramites registrales de regularización de edificaciones existentes también se usan los valores consignados en el CVU, pero se aplica ciertos porcentajes de depreciación, los cuales están contenidos en el Anexo I del Reglamento Nacional de Tasaciones (página 66).
  • En el trámite de licencia de edificación, para el caso de remodelación, refacción, acondicionamiento, puesta en valor y cercado (los ítems que indican "no corresponde" en el FUE) se usa el presupuesto de obra el cual se deberá adjuntar al expediente de trámite.